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Vecino Zoolidario

Un Vecino Zoolidario es quien cumple la normatividad vigente en el Código Nacional de Policía y Convivencia (Ley 1801 de 2016) y el Estatuto Nacional de Protección de los Animales (Ley 84 de 1989). El programa Vecino Zoolidario busca que residentes de edificios, viviendas y conjuntos residenciales, parques industriales y centros comerciales, conozcan la normatividad vigente y de esta forma se eviten conflictos entre vecinos, generando una cultura de respeto por quienes tienen o no un animal de compañía.

La tenencia de animales de compañía en edificios, conjuntos residenciales, parques industriales y centros comerciales es un tema que genera mucha controversia.

Con el fin de evitar inconvenientes y generar una buena convivencia entre residentes, algunos administradores prohíben la tenencia de animales o se extralimitan en sus funciones. Sin embargo, ese impedimento viola el derecho fundamental al libre desarrollo de la personalidad y la intimidad personal y familiar, consagrado en la Sentencia T-155 del 2012 de la Corte Constitucional, señalando que la tenencia de un animal doméstico en el lugar de residencia es una decisión personal y familiar que obedece a diferentes necesidades y proyectos de vida, por lo tanto, en principio debe ser respetada y protegida por el Estado.

Para hacer claridad en este tema, el Instituto Distrital de Protección y Bienestar Animal ha adelantado una serie de visitas a diferentes edificios y conjuntos residenciales con charlas que explican, por ejemplo, las facultades que tiene la Asamblea General de Copropietarios, -que si bien no puede prohibir la tenencia-, sí puede determinar las normas de convivencia internas en la propiedad horizontal.

Estas charlas incluyen pautas para la relación armónica y pacífica entre los residentes y sus animales de compañía.

Existen unos parámetros básicos de convivencia, regulados por el Código Nacional de Policía y Convivencia y la Ley 746 de 2002:

  • Recoger las excretas de tu perro y arrojarlas desecharlas en los recipientes adecuados.
  • Llevar a tu perro siempre con correa o traílla en las áreas comunes.
  • No inducir a tu animal de compañía para atacar a personas, animales o bienes.
  • No permitir que tu animal doméstico escarbe o esparza basura en las zonas y espacios comunes.
  • Los tenedores de perros de raza fuertes están obligados a llevarlos SIEMPRE con correa y bozal, según la Ley 746 de 2002.

Si resides en edificios o conjuntos y tienes animales de compañía, ten en cuenta lo que puedes hacer:

  • Hacer uso de los bienes comunes (zonas verdes y parques).
  • Solicitar a la Asamblea General la adecuación de áreas comunes para tu animal de compañía, teniendo en cuenta la disponibilidad de los espacios.
  • Utilizar el ascensor, siempre y cuando no lo esté usando otro vecino, de lo contrario, solicítale permiso para ingresar con tu animal de compañía.
  • Cuidar del aseo y la salud de tu animal de compañía.

Y también lo que NO puedes hacer:

  • Usar las áreas comunes como el baño para tu animal de compañía.
  • Transitar a tu perro sin correa por las áreas comunes. 
  • Llevar a tu perro de raza fuerte sin traílla y sin bozal.
  • No recoger las excretas y desecharlas en espacios no adecuados.
  • Permitir a tu animal de compañía que escarbe las bolsas de basura y las extienda por las áreas comunes.

LOGROS

  • Con este programa hemos impactado más de 1.400 personas. (Cifras con corte a julio de 2019).
  • Creación de la nueva estrategia Encuentro Zoolidario, con la que se han abordado más de 900 personas asistentes a nuestros eventos adelantados en diferentes localidades.    

¿QUÉ NO ES?

  • El programa de Copropiedad y Convivencia NO es un centro de conciliación.
  • Tampoco es un programa que tenga la autoridad de emitir conceptos sobre las leyes vigentes.
  • NO es un programa para la realización, verificación, corrección y aprobación de reglamentos internos, como Manuales de Convivencia y reglas al interior de las copropiedades.
  • NO es un espacio de inspección, vigilancia y control de actividades entre los residentes y sus animales de compañía.