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ESCUADRÓN ANTICRUELDAD
Este programa, primero en el país y en Latinoamérica, ha revolucionado la forma de ayudar a los animales de la ciudad. Su función primordial es atender a los animales que sufren cualquiera de las 6 formas de crueldad animal: Abandono, Negligencia, Sobreexplotación, Abuso sexual, Maltrato físico y Maltrato emocional.
El Equipo está conformado por médicos veterinarios, personal de apoyo técnico y abogados que trabajan de forma articulada con la Oficina Asesora Jurídica del Instituto de Protección Animal, para todos los temas de tipo legal relacionados con los animales.
El Escuadrón Anticrueldad hace visitas de verificación de condiciones de bienestar del animal, evaluando parámetros como: salud, nutrición, espacios cómodos y comportamiento. Las visitas se realizan en acompañamiento de la Policía Ambiental y Ecológica y se articula con los Inspectores de Policía.
De acuerdo con los hallazgos identificados en el lugar, se emite un concepto (favorable, desfavorable o plan de mejoramiento). Según este concepto, se ordena seguimiento, se archiva el caso, o de no mejorar las condiciones, se procede a solicitar la aprehensión material preventiva del animal a la autoridad policiva acompañante según Ley 1774 de 2016. A partir de este último, se inician las actuaciones jurídicas correspondientes con el fin de determinar un proceso sancionatorio.
El Instituto Distrital de Protección de Bienestar Animal cuenta con el apoyo de dos inspectores de policía, quienes se encargan de recibir todo el material probatorio y adelantar las acciones legales que correspondan en cada caso.
RUTA DE ATENCIÓN
Denuncia el maltrato animal. Si conoces un caso de maltrato animal llama a la Línea de emergencias 123 o contacta al policía más cercano para que intervenga en la situación y active al Escuadrón Anticrueldad, así el animal recibirá la ayuda necesaria. Puedes hacer también la denuncia en inspecciones de policía o Fiscalía – URI.
¿QUÉ NO HACEMOS?
- El Escuadrón Anticrueldad NO hace la aprehensión preventiva de los animales víctimas de maltrato, quien hace este procedimiento son las entidades competentes como la Policía Nacional o los inspectores de Policía.
- El Escuadrón Anticrueldad NO ingresa a las viviendas sin autorización y consentimiento de los propietarios o arrendatarios del predio; sin esta aprobación no podrán efectuar la visita de verificación por el presunto maltrato animal reportado.
- Los Inspectores de Policía son los únicos que interponen multas por presunto maltrato animal. Cuando existe algún hecho que afecte por completo la integridad física del animal u ocasione su muerte, la autoridad competente que toma el caso y realiza las acciones correspondientes será la Fiscalía General de la Nación.
- El Escuadrón Anticrueldad genera los conceptos médicos en los casos de maltrato, abandono o desentendimiento, y las autoridades competentes (Inspección de Policía y Fiscalía General de la Nación) realizarán las acciones correspondientes de acuerdo con cada caso.
LOGROS -EXITOSO RESCATE DE UN CANINO QUE DURÓ DOS MESES ENCERRADO
En un impecable operativo, el Escuadrón Anticrueldad del Instituto Distrital de Protección Animal, con apoyo de la Policía Ambiental y el Cuerpo Oficial de Bomberos de Bogotá, realizó el rescate de un perro que al parecer habría sido abandonado en una vivienda deshabitada. Al llegar al lugar, el equipo encontró al canino en avanzado estado de desnutrición y moviéndose entre un cúmulo de heces.
Vecinos del lugar informaron que al parecer el propietario de la vivienda no visitaba el lugar hace más de dos meses y por eso algunas personas suministraron agua y alimento al perro por debajo de una puerta. Al evidenciar la situación de riesgo que corría el animal, se solicitó la intervención del Cuerpo oficial de Bomberos de Bogotá para realizar el rescate del perrito que estaba en un segundo piso.
El animalito ingresó al programa de Urgencias Veterinarias del Instituto Distrital de Protección Animal, en donde se le brindarán los cuidados médicos necesarios para su recuperación. Además, se realizarán las valoraciones complementarias que permitan iniciar el proceso sancionatorio respectivo, una vez pueda ser ubicado el cuidador.